Regulation

MITECO 2026: todo lo que cambia en el Registro de Huella de Carbono

A partir del 11 de mayo, el canal de email deja de aceptar inscripciones y todo pasa a sede electrónica. Además, el RD 214/2025 introduce nuevas obligaciones para el sector público y entidades con EINF. Te explicamos qué cambia y cómo prepararte.

DS Dcycle Support 7 min

En abril de 2026, MITECO ha publicado la versión 18 del documento de apoyo a la inscripción en el Registro de Huella de Carbono, incorporando los cambios del nuevo RD 214/2025, que reemplaza al RD 163/2014 vigente desde hace más de una década.

Fecha límite: 11 de mayo de 2026

A partir del 11 de mayo, el canal de email (HC-OECC@miteco.es) deja de aceptar inscripciones. Todo debe tramitarse por sede electrónica. Los envíos recibidos por email antes del 10/5 seguirán tramitándose con el procedimiento anterior.

¿Qué está pasando?

El cambio más inmediato es operativo: el canal de email cierra el 11 de mayo y todas las gestiones pasan a sede electrónica, que además estrena cinco procedimientos diferenciados donde antes había uno solo. Pero más allá de lo procedimental, el RD 214/2025 introduce un giro de fondo: el registro deja de ser puramente voluntario y empieza a imponer obligaciones legales a ciertos tipos de entidades, como el sector público estatal y las empresas obligadas a presentar EINF. A esto se suman cambios en la definición de PYME que pueden afectar a quién necesita verificación externa, y nuevos requisitos para los planes de reducción.

Cambios operativos

1. El canal de email deja de funcionar Desde el 11 de mayo de 2026, los envíos a HC-OECC@miteco.es no serán procesados. Solo se admitirán inscripciones vía sede electrónica. Si tenéis inscripciones en preparación, debéis enviarlas por email antes del 10 de mayo o tramitar el acceso a sede electrónica (certificado digital de la entidad, o apoderamiento vía Cl@ve/REA si actúa un representante).

2. Un procedimiento se convierte en cinco El procedimiento único se divide en 5 trámites diferenciados en sede electrónica: huella de carbono, proyectos de absorción, compensación, traspaso y cancelación. Los formularios Excel migrarán progresivamente a formularios web.

3. Nuevos tipos de movimiento para unidades de absorción Se formalizan cinco tipos de movimiento: traspaso, cancelación, compensación, anulación y respaldo por bolsa de garantía. Afecta principalmente a clientes con proyectos de absorción (sello Compenso).

Cambios sustantivos — RD 214/2025

El RD 214/2025 sustituye al RD 163/2014. El registro pasa de ser exclusivamente voluntario a un sistema con obligaciones legales para determinadas entidades.

1. Sector público estatal: inscripción obligatoria desde 2026 Los departamentos ministeriales de la AGE, organismos autónomos, entidades gestoras de la Seguridad Social y el sector público administrativo estatal están obligados a inscribir huella y plan de reducción anualmente.

2. Entidades obligadas a presentar EINF: adaptación obligatoria en 2026 Las empresas que deben presentar Estado de Información No Financiera tienen que adaptar su huella y plan de reducción al RD 214/2025 en lo reportado durante 2026 (ejercicio fiscal 2025). Error frecuente: estas entidades están obligadas a calcular y publicar su huella, pero NO a inscribirse en el registro. La inscripción sigue siendo voluntaria para entidades privadas.

3. Plan de reducción: horizonte mínimo de 5 años Desde el 1 de enero de 2026, el plan de reducción debe incluir un objetivo cuantificado con horizonte de 5 años o más, alineado con el Acuerdo de París y la neutralidad climática 2050. Antes se admitía un plan genérico sin horizonte fijo.

4. Nueva definición de PYME desde 2026 Cambia la directiva de referencia. Los umbrales financieros bajan: la cifra de negocio pasa de 50 M€ a 40 M€, y el balance total de 43 M€ a 20 M€. Además, la lógica cambia: ahora no se deben superar 2 de los 3 criterios en dos ejercicios consecutivos. Empresas que eran PYME en 2025 pueden dejar de serlo en 2026, lo que haría obligatoria la verificación externa. Conviene recalcular el estatus antes de planificar la inscripción de 2026.

Novedades adicionales

Interoperabilidad con registros autonómicos Según el art. 5.2 del RD: si ya inscribisteis en un registro autonómico, podéis notificar a ese registro para que reenvíe la solicitud a MITECO, evitando duplicar la tramitación.

Nuevos tipos de proyectos de absorción Desde 2025 se aceptan proyectos de carbono azul (ecosistemas marinos y costeros), además de los ya existentes de restauración forestal y posincendios.

Inscripción de huellas de eventos (próximamente) El registro ampliará su alcance para incluir eventos. Aún no está operativo, pero está previsto en la hoja de ruta de MITECO.

Cómo os ayudamos desde Dcycle

Si usáis Dcycle para calcular vuestra huella de carbono, ya estáis un paso adelante: vuestra información está estructurada, trazada y lista para ser utilizada en el proceso de inscripción.

Desde el equipo de Customer Success podemos ayudaros a:

  • Revisar si vuestro plan de reducción cumple con el nuevo horizonte mínimo de 5 años
  • Recalcular vuestro estatus como PYME bajo los nuevos criterios
  • Entender qué procedimiento de sede electrónica corresponde a vuestro caso concreto

Si tenéis dudas sobre cómo os afectan estos cambios o queréis repasar vuestra situación antes del 11 de mayo, contactad con vuestro Customer Success. Estamos aquí para que el cumplimiento regulatorio no sea un obstáculo.

Documento oficial

v18 · Abril 2026 · Documento de apoyo MITECO. Última verificación: 22 de abril de 2026.


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